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12.02.14

La prevención, un medio para edificios más seguros

Nuestra sociedad sólo presta atención a las condiciones de seguridad edilicia cuando ocurren siniestros o catástofres como la que en estos momentos nos está enlutando, el incendio y derrumbe de Barracas. *Por el Ing. Silvio Bressan

En la ciudad de Buenos Aires, la seguridad de los edificios en relación con los incendios funciona, en tanto se cumplen las instancias administrativas correspondientes.

Cabe repasar que se construye de acuerdo con las prescripciones reglamentarias del Código de Edificación, promulgada como decreto por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires. En la misma se establecen en el apartado 4.12 “De la protección contra incendio”, las condiciones con que se deben proyectar los edificios para precisamente salvaguardar a los futuros usuarios. Los proyectos son revisados y registrados en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, antes de autorizar el comienzo de las obras nuevas o en las modificaciones de obras existentes. A posteriori de la construcción existe una instancia administrativa, también ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, para lograr la “habilitación para el uso permitido”.

A partir de allí, salvo que exista alguna circunstancia modificatoria de las condiciones expresadas anteriormente, y que sean declaradas por el usuario, el edificio queda bajo la responsabilidad del propietario o usuario circunstancial, pudiendo suceder que surjan múltiples cuestiones que aumentan el riesgo de siniestros. Algunas de ellas pueden ser modificaciones no regularizadas de las condiciones del proyecto edilicio, utilización del mismo en condiciones no acordes a las prestablecidas como parámetros de uso en el proyecto original, falta de mantenimiento técnico del edificio y sus instalaciones, sobrecargas estructurales y almacenamiento de elementos no permitidos. Asimismo, pueden no existir protocolos de uso de las instalaciones y del cumplimiento de las normas de seguridad, como ser las de incendio, riesgo eléctrico, contaminación ambiental, etc. Otro factor es la obsolescencia edilicia ya sea por antigüedad o uso, lo cual determina una depreciación en la calidad del elemento constructivo. También puede ocurrir la falta de adecuación de las construcciones existentes a nuevos requisitos establecidos por la modernización de las normativas y que solo se aplican a obras nuevas o refaccionadas.

En el edificio de Barracas, las pericias serán las que determinen las causas de lo sucedido, y si se cumplieron con todas las medidas de seguridad prescriptas para las funciones que prestaba el establecimiento. No obstante tenemos que replantearnos si no tendríamos que aumentar estas condiciones. Así como los vehículos de transporte automotor para circular tienen que someterse a una “revisión técnica periódica”, las construcciones también ameritarían este tipo de certificación. El Consejo Profesional de Ingeniería Civil –CPIC- impulsa una iniciativa para la “Certificación del estado de mantenimiento edilicio”, bajo los requerimientos establecidos en protocolos que se denominan “Edificio Seguro”. Estos protocolos generan una serie de listados de puntos de interés que deben ser auditados por profesionales y que posibilitarían identificar problemáticas antes que estas sucedan. Debemos como profesionales de la construcción e integrantes de esta sociedad, reforzar nuestro compromiso por garantizar el cumplimiento de normas de seguridad, ofrecer capacitación a nuestros servidores públicos, profesionales, usuarios. Por encima de ello, urge concientizar a toda la sociedad sobre la necesidad de mejorar continuamente la seguridad de nuestros edificios.

*El Ing. Silvio Bressan es consejero titular de Consejo Profesional de Ingeniería Civil –CPIC- y director del Departamento de  Ingeniería Civil en UTN –FRBA.
 

 
 
 
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