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29.12.20

Incentivos fiscales para activar la construcción

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó el nuevo régimen de incentivos para proyectos inmobiliarios, que incluyen exenciones y diferimiento de pagos en algunas tasas, con el objeto de impulsar a la industria.

Se aprobaron exenciones para el Desarrollo Urbano y el Hábitat Sustentable de las obras que se inicien y obtengan el permiso de obra entre el 1 de septiembre de 2020 y 31 de agosto de 2021, y que comiencen su ejecución hasta el 31 de diciembre de 2021. Por otra parte, se estipula un diferimiento en el pago del Derecho de Delineación y Construcción y en el gravamen por la Generación de Residuos Áridos y afines no reutilizables de 12 meses contados a partir de la fecha de obtención del permiso, o un descuento por única vez del 20% en el pago por adelantado al momento de iniciar la solicitud del mismo para las obras que lo inicien y lo obtengan entre el 1 de septiembre de 2020 y el 31 de agosto de 2021.

EN EL PLANO NACIONAL

Por su parte, el Gobierno nacional envió al Congreso dos proyectos de ley con los que busca también impulsar la actividad de la construcción, mediante la implementación de incentivos fiscales para el sector, al que consideran generador de mano de obra. El proyecto de incentivos fiscales establece que se exime del pago del impuesto a los Bienes Personales, durante dos años, a los activos financieros que se apliquen a nuevas construcciones, y se prevé la posibilidad de computar como pago a cuenta de Bienes Personales el equivalente al 1% del valor de las inversiones realizadas en el marco de esta ley.

Asimismo, se propone adecuar el momento del pago de los tributos sobre las transacciones inmobiliarias -esto es, impuesto a las Ganancias o impuesto a la Transferencia de Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas, según corresponda- al momento de producirse el efectivo incremento del flujo del proyecto de inversión; así como adecuar el monto imponible a su evolución en términos reales. Se propicia también "el diferimiento del pago de estos impuestos sobre la base imponible que se configure por la transferencia y/o enajenación cuyo objeto sea el financiamiento, inversión y/o desarrollo de proyectos inmobiliarios o de infraestructura".

El segundo proyecto que impulsa el Gobierno conforma un Sistema de cobertura y promoción del crédito hipotecario, por el cual se crea una Sociedad Hipotecaria administradora y se disponen nuevos créditos hipotecarios con cobertura de la cuota ante descalces entre salarios e inflación. Asimismo se promueve el acceso al crédito bancario y fomentar la complementariedad con el mercado de capitales, a través de nuevos instrumentos de inversión.
 

 
 
 
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