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09.04.18

Suspenden la construcción de torres

Por decreto de necesidad y urgencia publicado el 4 en Boletín Oficial de la ciudad, se suspenden los permisos para la construcción de torres de más de 12 pisos en los barrios, por seis meses, con excepción de ciertas áreas, como Puerto Madero y la zona de Catalinas, en Retiro.

La medida, que abarca tanto a obras nuevas como a ampliaciones de las ya existentes, tendrá una vigencia de 180 días tiempo que, se estima, tardará la Legislatura en debatir el proyecto del nuevo código urbanístico, que fija como tope para construir en la Capital los 38 metros, es decir, aquellos 12 pisos, en los barrios caracterizados por inmuebles de altura media o baja.

En la suspensión, que fue cambiada respecto del borrador original, la restricción alcanza para los pedidos que se radiquen luego de la difusión en el Boletín Oficial.

En tres artículos diferentes, el Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, se aclara que los trámites de permisos de obra nueva o ampliación iniciados con anterioridad a la fecha de publicación seguirán su curso "conforme a la reglamentación vigente" hasta el momento. Esto incluye los presentados en esos diez días de ventana que existieron entre que trascendió el borrador original, más restrictivo, y la versión final.

"De esta forma, la discusión legislativa se brindará en un marco de transparencia y seguridad jurídica para vecinos y desarrolladores, al evitar que se aprueben durante el debate obras que contradigan el espíritu de la nueva normativa y, a su vez, se respeten los derechos de aquellos que ya obtuvieron sus permisos con antelación al envío del proyecto".

Lo que se prohíbe son las llamadas torres de perímetro libre, que crecen en medio o en parte de la manzana rodeadas de espacio libre privado sin acceso público y configuran una disrupción en el tejido urbano.

Si la reforma del código urbanístico prospera, habrá topes de altura previos por cuadra, nunca superiores a los 38 metros, excepto en ciertos sectores donde los edificios elevados son parte del perfil urbano y donde estarán autorizados esos emprendimientos, como el corredor de la Avenida del Libertador, Puerto Madero y la zona de Catalinas.

En los fundamentos, se destaca que la ley que  constituyó el Plan Urbano Ambiental (PUA) estableció en su artículo 24 que el actual Código de Planeamiento Urbano debe ser reformulado por un Código Urbanístico predominantemente morfológico, que contemplan una ciudad integrada, policéntrica, plural, saludable, diversa y homogénea, siendo imperioso respetar las identidades barriales, las alturas existentes y la intervención sobre las posibles edificaciones que puedan llegar a emerger de la trama urbana.
 

 
 
 
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